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Ordinario 18 de Junio de 2009 ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE ESTA CORPORACION EL DIA 18 DE JUNIO DE 2.009.-
D. Jorge Vázquez Mejías. SRS. ASISTENTES D. Alfredo Aragüete Albero. D. Feliciano González Muñoz.
D Jesús Mª Nieto Pérez. En Santa Marta, a dieciocho de junio de dos mil nueve, se reúnen en el Salón de Actos del Ayuntamiento, los concejales al margen reseñados, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente Don Jorge Vázquez Mejías, asistido del Secretario de la Corporación Don Jesús Mª Nieto Pérez, al objeto de celebrar sesión ordinaria, para la que han sido previa y reglamentariamente convocados. Se ausentó sin excusa Don José Megías Suero. Abierta la Sesión y declarada pública por la Presidencia a las 21,00 horas, una vez comprobada la existencia de quórum necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el
El Sr Alcalde manifestó que sabia que el secretario redactaba las actas sirviéndose de medios audiovisuales y que veía difícil que se equivocase. Dª Mª Josefa Benito manifestó sus quejas por la intervención de Don Jaime Sanabria, al manifestarse sobre temas ajenos al acta. 2º.- CIERRE DE EJERCICIO. Por parte de Don Feliciano González se puso a disposición del Pleno cuanta documentación fuese necesaria para apreciar cual había sido a nivel contable el resultado del ejercicio presupuestario 2.008, recordó que la liquidación la aprueba el Sr Alcalde pero que el equipo de gobierno, como era costumbre, prefería dar cuenta del mismo a todo el pueblo. Dª Mª Josefa Benito reiteró lo manifestado en la Comisión informativa correspondiente en el sentido de que tenia nulo acceso a la información, que se habían solicitado mediante escrito algunos documentos y no se había obtenido respuesta, sospechando que se habrían podido hacer pagos de dudosa legalidad, votando por ello en contra. Don Jaime Sanabria manifestó que, al no haber discusión alguna y ser las cuentas publicas su grupo votaba a favor, en igual sentido se manifestó Don Feliciano González, dándose por tanto vía libre a las oportunas rendiciones de cuentas.
3.- PRESUPUESTO 2.009. Por parte de Don Feliciano González se manifestó que se había intentado hacer un presupuesto lo mejor posible siempre dentro de las posibilidades que se tenían a nivel de ingresos, adecuándose a las necesidades municipales. Dª Mª Josefa Benito manifestó su voto en contra, manifestando que son irreales y que no tienen nada que ver con la situación del Ayuntamiento ya que se había cerrado el ejercicio anterior con 468.932 € de resultado negativo, después de haber salvado el ejercicio de 2.007 con resultado positivo de 221.156, que se utilizaron para una modificación de créditos de fecha 25 de septiembre. En las partidas concretas manifestó su parecer sobre algunas, como fuesen la asignación a órganos de gobierno, con doble dotación sobre el año pasado, diferencia de 2.000 €, en hogar club, contratación de servicios de comedor, diferencia de 5.000 €, que ya en la comisión se habían analizado algunas subidas, por ejemplo por las obras del comedor, previsto que se terminen antes de fin de año, mantenimiento de viales y parques, menos 5.000 €, alumbrado publico, mantenimiento, 5.000 € menos. Se apreciaron diferencias entre los borradores de trabajo, manifestando Don Feliciano González, que los borradores eran los mismos y que los había recogido esa misma mañana, que el suministro eléctrico se mantenía, siendo imposible mantener el mismo consumo por el coste de la luz, certamen literario, duplicado, ya que estaba subvencionado por Aqualia, festejos 110.000 € igual en el año pasado, manifestando que esa partida estaba ya por 200.000 € que se han pagado o reconocido. Don Jaime Sanabria contestó sobre determinadas partidas, referidas concretamente a las que directamente le afectaban, como fuesen las de festejos. Puntualizando, con respecto a las deudas del Ayuntamiento manifestadas en el pleno solicitado al efecto por el Partido Popular aclarándose que ascendían a mas de noventa mil euros, en vez de disponerse de cuarenta mil, como el Partido Popular decía, indicando distintos tipos de formalización contable, devengo y caja, que las deudas heredadas se mantienen, siendo imposible disminuirlas, de ahí la auditoria. La deuda actual es igual a la heredada, esperando sanear las cuentas a través de los ingresos provenientes de la carretera. Refirió la Ley de Estabilidad Presupuestaria, y que se estaba dentro de la Ley. Con respecto a la partida de festejos no se modificaría en expediente alguno y razonó los gastos realizados, dinamizaciones, orquestas en nochevieja, carrocheque, patrocinio la cultura etc, que el vecino debe evaluar los festejos, no como Vds ya que no participan en los festejos, que todas las organizaciones cuestan dinero, si bien se intentaran reducir costes. Don Feliciano González razonó la dotación de algunas partidas, inicialmente la de órganos de gobierno, en previsión de plenos extraordinarios que pida el Partido Popular, cada pleno vale mil euros, sobre las contrataciones del hogar club de 60 a 65 mil euros, hay menos residentes, a no ser vecinos del pueblo con necesidades especificas, mientras dure la obra no habrá nuevos ingresos. Mantenimiento de parques y viales, tres nuevas calles a arreglar Juan Martínez El Pilar y Salida a la carretera, de Almendralejo, que ya no hacen falta parchear, “ red natura “ concede 100.000 € para parques y alumbrado, bombillas de bajo consumo etc, pareciendo por tanto que en las comisiones informativas no se presta mucha atención. Suministro eléctrico, se mantiene ya que tenemos mejoras con el plan E, las bombillas de bajo consumo se colocaran como mejora de obras , de ahí que se mantenga. El certamen, en previsión de no obtener la subvención, este año se han pagado, 12.000 solo hace faltan los gastos del jurado. El presupuesto mantiene gastos e ingresos, son deudas anteriores las que aparecen. La expropiación y el canon de Aqualia salvaron sus presupuestos anteriores, este año pretendemos hacer lo mismo con el ingreso de la variante, que permitirá sanear las cuentas, sin hipotecar al pueblo de Santa Marta. Dª Mª Josefa Benito contestó a Don Jaime Sanabria diciendo que el carrocheque fue idea del Partido Popular, que el concurso de pitarra también fue idea del Partido Popular, cuestionando el hecho de ser comarcal, y no local. Sobre la suplementación de crédito de 221.000 € manifestó que permitió salvar el ejercicio anterior, exhibiendo el documento. Sobre la red natura desconocía todo, y que trabajaba con datos diferentes. Don Jaime Sanabria aclaró que se indicaba en el borrador del presupuesto mantenimiento de Web y no es así, debía decir creación y mantenimiento de pagina Web, y negó la iniciativa del carrocheque por el Partido Popular. Con respecto al nivel comarcal del concurso de pitarra lo reconocía que se había pasado de 24 a 36 y ahora 52 participantes, dándose idea del interés levantado, y que quizás en futuras convocatorias se diferencien premios locales de los absolutos. Don Feliciano González negó la duplicidad de la consignación del certamen, manifestando que son los gastos propios del tribunal que terminará en 2.010, hecho éste explicado ya en la comisión informativa. El Sr Alcalde aclaró que los borradores de trabajo eran iguales y que le constaba que se habían entregado esta misma mañana. Sometido a votación el presupuesto que se transcribe a continuación resumido a nivel de capítulos resultó aprobado por mayoría absoluta, con los votos a favor del grupo IU y PSOE, seis votos y en contra cuatro los del grupo Partido Popular. Capitulo Denominación Importe A) Operaciones corrientes 1 Gastos de personal 2.026.500,00 € B) Operaciones de capital 6 Inversiones reales 319.000,00 € TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 3.921.465,00 € INGRESOS Capitulo Denominación Importe A) Operaciones corrientes 1 Impuestos directos 722.000,00 €
B) Operaciones de capital 6 Enajenación de inversiones reales 50.000,00 € TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS 4.390.397,86 €
.- A la peña del Real Madrid el mismo importe que en el ejercicio 2.008. Igualmente se consideraron las peticiones o solicitudes de carácter no económico, en el siguiente sentido: .- A solicitud del Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara se acordó apoyar la proposición de Don Ángel Campos Pámpano para ser distinguido con la Medalla de Extremadura, a titulo póstumo. .- A solicitud del Ayuntamiento de Salvaleón se acordó apoyar la proposición de Don Remigio Vela Navarrete para ser distinguido con la Medalla de Extremadura. .- A solicitud del Ayuntamiento de Puebla del Prior se acordó apoyar la proposición de Don Miguel Ángel Perera para ser distinguido con la Medalla de Extremadura. Con la salvedad manifestada por Dª Mª Josefa Benito en el sentido de ser, a su criterio, una persona demasiado joven para ello, manifestando Don Miguel Caballero su disconformidad con tal manifestación. .- A Don Jerónimo Carmona Rodríguez, en representación de Eurotelefonía del Sur, inicialmente se aprecia interesante la colocación de teléfonos de moneda, encomendando a Secretaría la gestión del expediente, de lo que seria informado el Pleno. .- A Don Celestino Mejías, en nombre de la Asociación de Pensionistas, conceder una actuación de la banda de música para el día 27. Concedida. .- A solicitud de Don Esteban Núñez Causiño, se acordó nombrar a Don Basilio Hernández Rastrollo y a Don Nicasio Cansado Muñoz como ciudadanos ejemplares, en su calidad de donantes de sangre, acuerdo adoptado por unanimidad de todos los presentes. .- Asociación oncológica Juan Víctor, dándose lectura a su petición pidiendo apoyo institucional para que se desplazase a Santa Marta Don Mariano Barbacid. Pareciendo correcto a todos se acordó apoyar tal iniciativa, solicitaban expresamente la denominación de alguna calle o la celebración de algún acto institucional. El tema de la calle no pareció adecuado a Don Feliciano González, si le pareció adecuada la petición conforme al acto institucional, en igual sentido se manifestó el Partido Popular y el grupo PSOE ofreciendo la colaboración municipal en lo que hiciese falta.
5.- NUEVAS ORDENANZAS FISCALES. Cajeros Automáticos. Borrador de la ordenanza
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Santa Marta, establece la Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local por ocupación del suelo vuelo o subsuelo de la vía pública o terrenos de uso público, a que se refiere el artículo 20.3, del propio Real Decreto Legislativo, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, y cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Real Decreto Legislativo.
Constituye el hecho imponible de la presente tasa la utilización privativa o aprovechamiento especial de los terrenos de dominio público local, aun cuando se lleve a efecto sin la preceptiva licencia o concesión, derivada de: a) La instalación de cajeros automáticos en fachadas por entidades de depósitos u otras entidades financieras, de modo que el servicio sea prestado al usuario desde la vía pública.
Son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas así como las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sean: a) Los titulares de las respectivas licencias.
Responderán solidaria o subsidiariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, las personas físicas o jurídicas a que se refieren los artículos 41 a 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria.
Artículo 5.- CUOTA TRIBUTARIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.3 Texto Refundido 2/2004, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, será de aplicación el siguiente cuadro de tarifas: B) Supuestos contemplados en las letras a) y b) del art. 2, por cada cajero u elemento análogo y año: - En calles no clasificadas ..................................... 400 €. C) Supuestos contemplados en las letras c) y d) del art. 2 - Terrenos ocupados por aparatos surtidores de gasolina Estas cantidades se incrementarán anualmente con el IPC publicado en el BOE durante el mes de enero del ejercicio correspondiente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no podrán reconocerse otros beneficios fiscales, para la determinación de la deuda tributaria que los sujetos pasivos deban satisfacer por esta Tasa que los expresamente previstos en las normas con rango de Ley o los derivados de la aplicación de los tratados internacionales.
Artículo 7. PERIODO IMPOSITIVO Y DEVENGO 1. El devengo de la presente tasa se producirá cuando se inicie el uso privativo o el aprovechamiento especial, aun cuando éste se lleve a efecto sin el oportuno permiso de la Administración. A estos efectos, se presumirá que se inicia el uso privativo o el aprovechamiento especial con la notificación al interesado de la licencia o autorización para el mismo, salvo que el acto administrativo autorizatorio especifique la fecha de inicio de la ocupación. 2 Conforme a lo prevenido en el art. 26 LHL, cuando las ocupaciones del dominio publico local exijan el devengo periódico de la tasa, el mismo tendrá lugar el 1 de enero de cada año y el periodo impositivo comprenderá el año natural, salvo en los supuestos de inicio o cese en la utilización privativa o aprovechamiento especial, en cuyo caso el período impositivo se ajustará a esa circunstancia con el consiguiente prorrateo de la cuota por trimestres naturales. Dicho prorrateo se realizará incluyendo, en todo caso, el trimestre natural completo al que corresponda el mes en que se produzca el inicio o cese del uso o aprovechamiento especial. 3. En los casos de cese el sujeto pasivo podrá solicitar la devolución de la parte correspondiente a los trimestres naturales en los que no se hubiera beneficiado de la utilización privativa o aprovechamiento especial.
1. Las personas físicas o jurídicas interesadas en la utilización privativa o en el aprovechamiento especial del suelo subsuelo o vuelo del dominio público, presentarán una solicitud especificando la clase, longitud, sección, volumen, emplazamiento y demás características necesarias para identificar el elemento a colocar. 2. Las empresas Explotadoras de Servicios de Suministros interesadas en la utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo o vuelo del dominio público, presentarán su solicitud conforme a lo establecido en el párrafo anterior. 3. Autorizada la utilización privativa o el aprovechamiento especial del suelo, subsuelo o vuelo del dominio público por el órgano competente, se comunicará a la oficina gestora de la tasa, dentro de los quince primeros días de cada semestre natural, las autorizaciones que se hayan otorgado en el semestre anterior, con expresión de las personas físicas, jurídicas o empresas autorizadas, los elementos colocados, su situación, longitud, sección, volumen y cuantos datos sean necesarios para la liquidación, así como las bajas que se hayan producido en el expresado período de tiempo. 4. La citada oficina gestora, teniendo en cuenta los datos existentes en el semestre anterior y los demás que se le faciliten, practicará anualmente la correspondiente liquidación, de acuerdo con lo establecido en las normas anteriores y la notificará en forma al interesado. 5. El pago de la cuota resultante de la liquidación se efectuará en los plazos que se determinan en el Reglamento General de Recaudación para las deudas tributarias. 6. Las deudas por impago de la Tasa regulada por esta Ordenanza, se exigirán por el procedimiento administrativo de apremio.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como a la determinación de las sanciones que por las mismas correspondan en cada caso, se aplicarán los preceptos de contenidos en los arts. 178 y ss. de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, normativa que la desarrolle, y en su caso, la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación en vigor aprobada por el Ayuntamiento.
1. En lo no previsto específicamente en esta Ordenanza, regirán las normas de la Ordenanza Fiscal General y las disposiciones que, en su caso, se dicten para su aplicación. A efectos de la gestion del cobro de la tasa por la Diputacion se adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo:
“ ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR OCUPACIÓN DEL SUELO, VUELO Y SUBSUELO DE LA VÍA PUBLICA O TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL POR CAJEROS AUTOMÁTICOS Y SURTIDORES DE GASOLINA O ANÁLOGOS “ SEGUNDO.- El Ayuntamiento podrá convenir con el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Badajoz (O.A.R. en adelante), la realización de actuaciones de recaudación procedentes, respecto a otros conceptos diferentes de los señalados en el punto 1, con sujeción a los criterios emanados por la Consejo Rector del O.A.R. TERCERO.- La duración o término para el cual se acuerda la presente delegación de funciones, se establece en un período de cuatro años, prorrogable por igual periodo, excepto que cualquiera de las dos administraciones acuerden dejar sin efecto la citada delegación, lo que habrá de notificarse en un plazo no inferior a seis meses antes del cese. CUARTO.- El Ayuntamiento podrá emanar instrucciones técnicas de carácter general y recavar, en cualquier momento información sobre la gestión, en los términos previsto en el artículo 27 y concordantes de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. QUINTO.- La prestación de los servicios que se deriven de la delegación de funciones que contempla la presente resolución, comportará el pago de una tasa consistente en el 4,5 por ciento en voluntaria y el 100 por ciento del recargo de apremio en ejecutiva. SEXTO.- Para la realización y ejecución de las funciones delegadas, la Diputación de Badajoz se atendrá al ordenamiento local, así como a la normativa interna dictada por ésta, en virtud de lo que prevé el artículo 7.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de las propias facultades de autoorganización para la gestión de los servicios atribuidos. SEPTIMO.- Facultar al Alcalde para su firma. OCTAVO.- El presente acuerdo habrá de notificarse a la Diputación de Badajoz, a los efectos que, por su parte, se proceda a la aceptación de la delegación ahora conferida. NOVENO.- Una vez aceptada la delegación por la Diputación de Badajoz, el presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el de la Comunidad Autónoma para general conocimiento, de acuerdo con lo que prevé el artículo 7.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo. La siguiente ordenanza que se sometía a aprobación era la de aparcamientos para minusválidos, y concesión de tarjetas. Por el Sr. Alcalde se explicó que los aparcamientos recientemente señalizados se orientaban a las personas con movilidad reducida y no a todas las personas con minusvalía. Por parte de I.U Don Feliciano González Manifestó su voto favorable al texto, al igual que Dª Mª Josefa Benito lo hizo con respecto al Partido Popular, siempre conforme a las directrices de la junta de Extremadura. Por parte de Don Jaime Sanabria se manifestó el parecer positivo del Partido Socialista. Borrador de la ordenanza
Las personas que padecen una disminución física, especialmente si ésta afecta gravemente a las funciones motoras de sus extremidades inferiores, se hallan en una clara situación de desventaja respecto de las demás personas para realizar un gran número de actividades cotidianas y, de una manera particular, para acceder a los espacios y servicios comunitarios y desenvolverse con una mínima comodidad en su medio habitual de vida. El Excmo. Ayuntamiento de Santa Marta en virtud de lo establecido en los artículos 7 y 68 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, artículo 93 del Reglamento General de Circulación, Ley de la Comunidad Autónoma n.º 8/1997, del 8 de junio (D.O.E. n.º 77 de 3 de julio de 1997) de Promoción de la Accesibilidad, Decreto de la Consejería de Obras Públicas n.º 3/97, de 22 de diciembre (D.O.E. n.º 24 de enero de 1997) Reglamento de la Promoción de la Accesibilidad y Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 7 de junio de 1999 (D.O.E. n.º 5, de junio de 1999), por el que se establece el modelo de tarjeta de aparcamiento para discapacitados, se aprueba la siguiente Ordenanza.
Con el fin de facilitar la movilidad a las personas que teniendo disminución física grave en sus miembros motores los incapacite para el norma uso de los transportes colectivos o de la marcha a pie, y en aplicación del art. 60 de la Ley 18/1982, de 7 de abril de "Integración Social de los Minusválidos", se redacta la presente Ordenanza, que tiene por objetivo la regulación como Servicio Público del estacionamiento de los vehículos turismo de que son propietarios en lugares reservados a minusválidos.
A partir de la presente Ordenanza, por el Excmo. Ayuntamiento se otorgarán tarjetas especiales de reservas de estacionamiento para disminuidos físicos a aquellas personas disminuidas físicas en sus miembros motores que, de acuerdo con la certificación expedida por cualquier administración, competente en materia sanitaria, estén imposibilitadas para el normal uso de los transportes colectivos o de la marcha a pie, siempre que cumpla las condiciones que se precisan en la presente normativa. La tarjeta de estacionamiento de vehículos que transportan a personas minusválidas consta de dos modelos, uno para ser expuesto visiblemente en el vehículo y otro, para ser portado por el titular.
Para la obtención de la licencia se presentará solicitud ante el Registro General del Ayuntamiento, en la que acredite los siguientes extremos: - Certificación donde se acredite que la minusvalía que presenta el solicitante afecta gravemente a su aparato locomotor, expedida por cualquier Administración competente en materia sanitaria (no se admitirán certificados médicos). - Dos fotografías.
4.2. La tarjeta concedida no permite a su titular estacionar el vehículo en lugar prohibido. 4.3. El Ayuntamiento, ante situaciones excepcionales podrá conceder autorizaciones especiales, en las que se determinará la situación jurídica a la que hubiere lugar atendiendo a las circunstancias que concurran en los solicitantes incluso, si fuera preciso, la utilización privativa de la reserva. 4.4. Las reservas especiales creadas para minusválidos estarán señalizadas de conformidad con la normativa autonómica en la materia.
5.1. Se crearán reservas para estacionamientos de vehículos adscritos a minusválidos físicos graves previstos de tarjeta, atendiendo a: - Satisfacción de una importante demanda sectorial en los lugares de mayor atracción posible para los usuarios. - - Satisfacción de una necesidad personal excepcional junto al domicilio o lugar de trabajo del autorizado. 5.2. Las reservas no son de utilización exclusiva y tendrán carácter de utilización por cualquier minusválido que cuente con tarjeta de permiso especial de estacionamiento. 5.3. El Ayuntamiento se reserva la facultad de suprimir las reservas, trasladarlas o reducirlas en espacio o tiempo si no se vieran utilizadas o resultaran contrarias al buen desenvolvimiento del tráfico urbano. 5.4. Las reservas podrán ser promovidas por demanda individual o colectiva o e oficio por los Servicios Técnicos Municipales u otro órgano municipal. 5.5. Las reservas serán señalizadas por el Ayuntamiento. 5.6. Para la concesión de reservas que pretendan dar satisfacción a una necesidad personal, será necesario documentar en la petición el carácter de trabajo o domicilio, la situación excepcional, y será preciso que el edificio en que realice el trabajo o habite el minusválido físico poseedor de tarjeta que solicita la reserva, no cuente con estacionamiento o garaje. Artículo 6.º. 6.1. La tarjeta-reserva es personal e intransferible. 6.2. La tarjeta de estacionamiento especial podrá ser utilizada en el vehículo, mientras sea utilizado para el transporte de una persona con movilidad reducida. 6.3. El titular de la tarjeta deberá cumplir las indicaciones de la Policía Local o autoridad competente de la materia.
La tarjeta deberá renovarse cada dos años, sin perjuicio de cambios en la valoración de la disminución que supongan la finalización con anterioridad a dicho plazo, para la renovación se seguirá el proceso previsto en el artículo 3.
8.1. La utilización de tarjeta-reserva de estacionamiento sin que la llegada o salida del vehículo acceda al mismo el titular de la tarjeta, será sancionado con 30,00 euros, además de la sanción que corresponda por el estacionamiento indebido del vehículo. 8.2. La falsificación de tarjetas dará lugar a la sanción máxima que pueda imponer la Alcaldía por este tipo de infracciones y las exigencias de responsabilidades penales. 8.3. El estacionamiento de vehículos no autorizados en las reservas concedidas para minusválidos podrá dar lugar a la imposición de multa por estacionamiento indebido, si existiera.
.- Novación del Convenio con Aqualia. Por el Sr Alcalde se refirió el inicial contrato firmado en el 2.006 con Aqualia, y de cómo en el mismo se referían determinadas partidas como mejoras con valoración especifica. Actualmente se había llegado a un acuerdo con la empresa a fin de que las mejoras, se reconvirtiesen en dos entregas en metálico y en un canon anual de 11.500 € metálico con destino al auditorio. Por parte del Partido popular Dª Mª Josefa Benito manifestó que el asunto en cuestión debía haber pasado por comisión informativa , ya que era lo suficientemente delicado como para ello, no obstante se manifestaba en el sentido de que, tras criticas continuas por los 400.000 € recibidos y la propaganda electoral hecha a su costa, que el Partido Popular gastó solo el 32 % el resto , el 68 % restante los había gastado el Partido Socialista, que del 1.395.000 € en mejoras el Partido Popular tenia previstas determinadas obras como fuesen, Tercero Torres, Parque y auditorio junto a la Carretera de Badajoz, el adecentamiento del Campo de fútbol, una barredora, etc, con partidas aun no consumidas, aire acondicionado a los pisos tutelados, asfalto del mercadillo, bancos en la plaza del mercadillo, aportación a actos socioculturales, zócalo a la plaza de las palmeras, fuente en la plaza del Ayuntamiento, en suma 1.395.000 €. Aparte se consiguió, ya por el Partido Socialista, la dotación de nuevos equipos para la Tv local, y para la banda de música, dos actuaciones de Barbas de Oro, y pendiente quedaba un elevador para el cementerio nuevo, por lo tanto restan aun 1.216.763 € en mejoras disponibles, y ahora veía un acuerdo donde le ofrecen 303.000 € en compensación de mejoras a pagar en dos veces 153.000 y 150.000, además de 11.500 € anuales durante veintidós años. Se cogen 303.000 € en dos años 2009 y 2010 y del resto se renuncia, a 913.000 €. Fui criticada por coger los 400.000 € de los que solo gasté el 32 %, la mejor gestión que se ha hecho en el Ayuntamiento, que el teniente de Alcalde dijo en la televisión que la Alcaldesa tenia un coche que se lo había regalado Aqualia , por éste contrato, que cuando quiera le enseñaba la factura y que tras mas de treinta años de trabajo de su marido se había comprado, un coche de una antigüedad semejante a la de su Audi, preguntándole si su dinero era mas legal que el suyo, o por tener trabajadores ilegales o extranjeros, que solo le pedía las nominas y los seguros sociales y yo te traeré la factura. Por parte de Izquierda Unida Don Feliciano González recordó a Dª Mª Josefa Benito que ya había tenido inspecciones de trabajo provenientes de denuncias presentadas por el Partido Popular, que traería las nominas cuando ella aportara las nominas de los trabajadores que habían hecho su chalet, y como con una licencia de unos 4.000 € se hizo obra bien distinta de la solicitada, y que para eso estaban los tribunales. Don Jaime Sanabria explicó la modificación del contrato, en el sentido de intentar acelerar la construcción del auditorio, que era un compromiso el que se adquiría para hacer el auditorio. El logro de esta modificación radica en que la facturación la hace hoy por hoy Aqualia, siendo mejor el liquido en mano que la ejecución en el tiempo de obras de mejora. Dª Mª Josefa Benito pidió contestar a Don Feliciano González, si bien el Sr Alcalde no le permitió entrar en temas personales, debiendo ceñirse al punto del orden del día. Tomó la palabra Don Alfredo Aragüete analizando las inversiones previstas en Tercero Torres, no pudiendo invertirse nada, por no ser suelo publico, y que si lo dudaba podía preguntárselo al Secretario, que se lo confirmaría. Don Feliciano González manifestó que el importe de las mejoras iniciales se gestionarían por Aqualia, recuperando el IVA y el beneficio industrial, analizándolo los costes de Aqualia resulta que realmente eran unas mejoras con un coste de unos 800.000 €. Las mejoras en fuentes 50.000 millones de pesetas, a todas luces excesivo. Según Aqualia quedan 960.000 € si le quitas el 30 % por gastos e iva queda bastante poco, que quedaban aun 35.000 € en facturas pendientes, que quedan condonados con este acuerdo. Don Miguel Ángel Muñoz señaló que quedan en realidad 1.216.763 € para mejoras de todo tipo, la partida de fuentes quedaba para todas las obras publicas, que era curioso que con lo que se criticó el contrato, ahora se pretendía liquidar en dos años, se perdían en resumen 913.763 €, y que incluso se podía hacer un Pleno extraordinario, sin comisión previa, y que no hacía falta perder ese montante de dinero. Las Comisiones eran preceptivas y necesaria en concreto para tratar este tema. Con respecto a los 11.500 euros seguían perdiéndose 660.000 €, y también le gustaría saber si las instalaciones nuevas y reparaciones seguían a costa de Aqualia. Don Alfredo Aragüete señaló que antes de haber formalizado el contrato se debía haber consultado al pueblo, ya que la deuda se estaba pagando ya con cargo a las cuentas particulares de los ciudadanos, que se debía haber acudido a la Junta o donde fuese a por dinero, los números que manejaban un su partido y los del Partido Popular no eran los mismos. Don Feliciano González manifestó que los costos de Aqualia son los que son, indudablemente muy por debajo del coste de las mejoras valoradas en el contrato y de esta forma se cogía dinero contante y sonante. Si se tienen que pagar en 25 años es mejor cogerlo cuanto antes, ayudando a levantar la economía de Santa Marta. Don Miguel Ángel Muñoz se quejó de no poder hablar ni manifestarse, y de que el Sr Alcalde tuviese prisa, contestó al Sr. Aragüete en el sentido de que se extrañaba de que ahora él no pidiese permiso al pueblo cuando pretendía modificar el contrato, para perder 152 millones de pesetas, a Don Feliciano González contestó diciendo que con el asco que habían tenido a ese dinero ahora lo querían coger rápido, para hacer obras, obras que de dejaban de hacer en su casi totalidad al renunciar a las mejoras. Don Alfredo Aragüete manifestó que las palabras de Don Miguel Ángel Muñoz no se ajustaban a la realidad, ya que el millón y pico de euros no eran reales, pero que si que lo eran los mas de trescientos mil euros en deudas, que la crisis la teníamos ahora y ahora se tenia que solucionar, que era un embolao en el que se metieron en la legislatura anterior. Don Feliciano González señaló que el secretario informase sobre la posibilidad de inversión en Tercero Torres, indicando éste sobre la marcha su parecer en el sentido de no ser posibles, al menos, de manera directa. El Sr. Alcalde consideró suficientemente debatido el asunto concediendo finalmente a Don Miguel Caballero la palabra, diciendo éste que la ex alcaldesa se gastó solo parte del dinero porque no le dio tiempo a gastarse todo y además perdió las elecciones, siendo imposible rescindir el contrato firmado por falta de capacidad económica para ello, que la anterior Alcaldesa no solo se había gastado el dinero de Aqualia, sino también el de un préstamo de la Caja Rural irregular por destinarse a gastos corrientes, la expropiación de la carretera etc, debiendo el partido Popular reconocer su mala gestión ante el pueblo de Santa Marta. Sometida finalmente la novación del contrato a consideración del Pleno ésta resultó aprobada con lo votos a favor del PSOE e IU, seis votos y cuatro en contra, los del partido popular.
De una parte, D. JORGE VÁZQUEZ MEJIAS, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Marta de los Barros, asistido por el Sr. Secretario-Interventor de la Corporación; Y de otra parte, D. ROBERTO PÉREZ MUÑOZ y D. JESÚS RODRÍGUEZ SEVILLA, en nombre y representación de AQUALIA GESTIÓN INTEGRAL DEL AGUA, S.A., domiciliada en Madrid, c/ Federico Salmón, nº 13.
En el apartado MEJORAS DE INTERÉS GENERAL, las siguientes: - Urbanización de plaza junto a calle Badajoz 280.000 €
Suman las inversiones a realizar por todas estas mejoras la cantidad de 1.395.000 € En su virtud, ambas partes
- 153.300 € a pagar en el año 2.009. fijándose las mejoras pendientes de ejecución tras este pago en la cantidad máxima de 11.500 €/ año durante los 22 años que restan del período de concesión, siempre que se mantenga el equilibrio económico-financiero de la concesión, según se muestra a continuación:
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto en la ciudad y fecha indicadas.
.- Modificación de parámetros urbanísticos A Don Cristóbal Suárez Suárez, de ensanche intensivo a ensanche extensivo.
.- PGOU información y, en su caso, propuestas. Se dio cuenta por el Sr Alcalde del desarrollo de los trabajos de redacción del Plan General. Tomado la palabra Don Feliciano González no hizo propuestas puntuales por considerarlas coincidentes con las que ya estaba en desarrollo. Por parte del Partido Popular se solicitó una comisión informativa especifica para consensuar lo mejor para los vecinos, considerando positiva la ya mantenida si bien recordó que habían quedado asuntos pendientes, la entrada de la Carretera de Badajoz, por ejemplo, zona que debía regularizarse, la Era de Fernández , etc partiéndose sectores grandes en otros mas fáciles de gestionar, como la Huerta Penita etc. Finalmente se quedó en mantener nuevas comisiones informativas con la presencia del técnico municipal y con los técnicos redactores. Por Don Jaime Sanabria se ofreció de la mejor manera posible la colaboración de su grupo en las gestiones propias del plan, por la importancia que revestía para todo Santa Marta.
Reclasificación en Calle San Juan. Promotor Don Esteban Santiago Esteban Esteban. Aprobación inicial acordada en sesión extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2.008 Habiendo transcurrido con creces el plazo para formular alegaciones y reparos al expediente, sin que se hubiese producido alguna, procedía ahora someter a consideración del Pleno la aprobación provisional del expediente, para su posterior remisión a la Junta de Extremadura, si es que ello procedía. 7.- AEPSA 2.009 y EMPLEO ESTABLE 2.009.. Tomó la palabra el Sr Alcalde pasa a informar que por parte de la Comisión Provincial de Seguimiento del AEPSA se ha aprobado hacer una reserva de crédito a este Ayuntamiento por importe de 124.000 Euros, destinada a subvencionar el cien por cien del coste total de la mano de obra a emplear en las obras que este Ayuntamiento acuerde ejecutar dentro de las obras de fomento del empleo agrario de proyectos de interés general y social de, “ Garantía de Rentas “ durante el año 2009 y ello conforme a lo previsto en el Real Decreto 939/1.997 de 20 de junio (BOE de 24/06/97), Orden de 26 de Octubre de 1.998 ( BOE de 21 de noviembre ), modificada por Orden TAS/3657/2.003 y Resolución de 30 de Marzo de 1.999 ( BOE de 13 de abril ), así como por el Real Decreto 357/2006 de 24 de marzo conforme a la concesión directa de subvenciones a Corporaciones Locales y procedimiento de concesión. Fue expuesto el contenido de la obra por el Sr. Alcalde, obra descrita como “ Reposición de Acerados en Santa Marta ”. según proyecto realizado por el Técnico municipal, Don Manuel Franganillo Durán. Pasó acto seguido a votación la realización de las obras descritas anteriormente, cuyo presupuesto total asciende a la cantidad de 207.574,26 Euros correspondiendo a mano de obra 124.000 euros y 83.574,26 euros a materiales, así como el solicitar la subvención que corresponda del INEM y de la Junta de Extremadura, para su inversión en los capítulos de mano de obra y materiales, al igual que facultar, tan ampliamente como en derecho sea necesario al Sr. Alcalde para solicitar las subvenciones, suscribiendo el oportuno otorgamiento y cuantos documentos sean necesarios para llevar a buen fin este acuerdo. Resultado de la votación: aprobado el proyecto por unanimidad de los diez concejales presentes PROGRAMA GENERADOR DE EMPLEO ESTABLE 2009. Tomó la palabra el Sr Alcalde para informar que por parte de la Comisión Provincial de Seguimiento del AEPSA se ha abierto la posibilidad de solicitar fondos con cargo al “ Programa generador de Empleo Estable “ anualidad 2.009 y ello conforme a lo previsto en el Real Decreto 939/1.997 de 20 de junio (BOE de 24/06/97), Orden de 26 de Octubre de 1.998 ( BOE de 21 de noviembre ), modificada por Orden TAS/3657/2.003 y Resolución de 30 de Marzo de 1.999 ( BOE de 13 de abril), así como por el Real Decreto 357/2006 de 24 de marzo conforme a la concesión directa de subvenciones a Corporaciones Locales y procedimiento de concesión. Fue expuesto el contenido del proyecto de la obra por el Sr. Alcalde, como “ Ampliación del Museo Etnográfico “, según proyecto realizado por el Técnico municipal, Don Manuel Franganillo Durán. Pasó acto seguido a votación la realización de las obras descritas anteriormente, cuyo presupuesto total asciende a la cantidad de 91.215,78 Euros correspondiendo a mano de obra 50.700,00 euros y 40.515,78 euros a materiales, así como el solicitar la subvención que corresponda del SPEE y de la Junta de Extremadura, para su inversión en los capítulos de mano de obra y materiales, al igual que facultar, tan ampliamente como en derecho sea necesario al Sr. Alcalde para solicitar las subvenciones, suscribiendo el oportuno otorgamiento y cuantos documentos sean necesarios para llevar a buen fin este acuerdo. Resultado de la votación: aprobado el proyecto por unanimidad de los diez concejales presentes
.- Póliza de tesorería en preparación de 150.000 €, pidiéndose varios presupuestos. Autorización suficiente como para establecer una línea quebrada a fin de impedir estacionamientos a la altura de la Churrería “ Candi “, en la carretera EX 105. Autorización suficiente para establecer un paso de peatones a la altura de la Churrería “ Candi “, en la carretera EX 105. Autorización suficiente para establecer un taqueado en eje a la altura del “Púb Boulevard “, en la Avenida de Extremadura. .- La piscina prácticamente para abrirse en el próximo fin de semana. Plazas de taquilla Don Jaime Sanabria propuso, habida cuenta de la hora, dejar algunos asuntos sobre la mesa para no parar los expedientes, concretamente las licencias de apertura, siendo unánime tal acuerdo. Dª Mª Josefa Benito manifestó que ante un pleno con tantísimo contenido el ponerlo a las nueve daba lugar a que no se llegase a ruegos y preguntas. 10.- PLAN DE EMPLEO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, LEY 2/2.009. El Sr Alcalde dio cuenta del desarrollo del Plan de Empleo de la Junta de Extremadura regulado por la Ley 2/2.009 a través del cual había correspondido a Santa Marta la cantidad de 147.000 €. Elaboradas las bases e informadas se procedería de inmediato a la valoración de las solicitudes, el Secretario recordó que los representantes de los partidos serían convocados a los procesos de selección. Dª Mª Josefa Benito solicitó copia de las bases, las cuales habían sido ya entregadas en comisión a Don Miguel Ángel Muñoz, el Pleno por unanimidad el desarrollo del expediente y la dotación de las plazas subvencionadas 11.- MOCION PSOE..- Incremento de ayudas a municipios. Por parte de Don Jaime Sanabria se dio cuenta de cual era, en resumen, el contenido de la moción que presentaba su grupo, tendente a que el equipo de gobierno reservara, un porcentaje del 0.07 % de los presupuestos, reconociendo que era mucho dinero, pero que se pretendía que la junta de gobierno o el órgano que correspondiese hiciese frente a esa reserva para poder colaborar con los países en subdesarrollo. Dª Mª Josefa Benito reconoció no tener mucha idea del tema prefiriendo entonces Don Jaime Snabria dejar su debate para un pleno posterior.
.- Salas de baile y discoteca. .- Otros Cafés y Bares. .- Enseñanza de baile, guitarra y percusión. .- Otros Cafés y Bares. .- Artes Graficas. .- Reparación de Calzado. .- Comercio menor de semillas, abonos, flores y plantas. .- Otros Cafés y Bares.
Y sin mas asuntos que tratar se dio por terminada la sesión siendo las 12,00 horas del día dieciocho de junio de 2.009.
EL ALCALDE-PRESIDENTE,
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: Jorge Vázquez Mejías. Fdo.: Jesús Mª Nieto Pérez.
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